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Transporte: reglas de accesibilidad para personas con discapacidad

17-06-2019 08:01 | 

“Establecer que las empresas prestadoras de servicios de transporte automotor, ferroviario y fluvial de carácter intercomunal dentro de la Provincia de Buenos Aires, y las agencias que expendan sus boletos, deberán exhibir en lugar visible en sus boleterías y terminales y en el interior de todas sus unidades, el cuadro de derechos y obligaciones que como Anexo I se agrega a la presente”. Esto señala el artículo 1° de la resolución N° 298/14 de la Subsecretaría de Transporte, relacionada con los pasajes gratuitos para personas con discapacidad. El cuadro de derechos...

 

 

...al que hace referencia puede observarse -con llamativos errores en su texto incluidos- desde no hace mucho tiempo en algunas boleterías de algunas terminales de micros, como la de Pehuajó, por ejemplo, donde fue tomada la foto. Claro que el hecho de que lo exhiban no asegura que lo cumplan. En ese caso puede realizarse la denuncia ingresando en www.transporteba.gba.gov.ar

 

 

 

ANEXO I

REGLAS DE ACCESIBILIDAD

 

1) Quienes posean la credencial tienen derecho a ser transportados gratuitamente en los servicios de transporte intercomunal de pasajeros, automotor, ferroviario o fluvial.

2) Quien tenga un pase CON ACOMPAÑANTE, podrá optar por viajar acompañado o solo,

3) Podrá cumplir la función de ACOMPAÑANTE cualquier persona sin límite de edad.

4) Las empresas y las agencias que expendan sus boletos entregarán en el mismo acto pasaje de ida y de regreso.

5) Si el cupo estuviere cubierto, se dará informe escrito de las personas que lo ocupan al solicitante, y constancia fehaciente de la reserva para el servicio inmediato posterior, el que la persona solicite.

6) Las personas con discapacidad deberán ser ubicadas en los primeros asientos existentes en el piso inferior de la unidad, debiendo éstos permanecer libres a tales efectos. Caso contrario deberán ser inmediatamente desocupados.

 

 

Texto completo de la resolución 298/14: http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/r-apt-14-298.html

 

+ A la edad de 80 años falleció Oscar Barreña. Se realiza velatorio. Sala 1. Sepelio: martes 27 de octubre a las 16.30 horas. Q.E.P.D.

 
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