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Veredas: proyecto para evitar la construcción con materiales que puedan considerarse de potencial peligro para peatones

24-06-2020 10:05 | 

La iniciativa señala en su considerando que se tiene conocimiento de accidentes por el efecto de resbalar, fundamentalmente los días de lluvia o de humedad ambiente. Entonces pide la prohibición en nuestro distrito de la construcción de veredas o aceras con material del tipo laqueado, como porcelanatos, cerámicos o similares, que puedan considerarse de potencial peligro para el tránsito de peatones. A continuación el texto completo del proyecto de ordeanzna, que su autor, el vecino y exedil Sandro Mateos, envió para compartir a través de Hendersonline.

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                                             Henderson, 20 de junio de 2020.

 

Sres.

Concejo Deliberante de Hipolito Yrigoyen

----- S / D ------------------

 

De mi mayor consideración:

                                           Me dirijo a Uds. con el propósito de solicitar se analice, con la intervención de las aéreas competentes, la posibilidad de legislar en lo que se refiere al tipo de veredas que se pueden colocar en el ejido urbano. Por tal motivo elevo un ejemplo de Ordenanza para ser analizado, corregido o ampliado en lo que respecta al tema referido ut supra. A saber:

 

Visto:

        La necesidad de legislar en el tipo de materiales a utilizar en la construcción de la veredas o aceras del ejido urbano del Partido de Hipólito Yrigoyen,

Y considerando

                      Que se tiene conocimiento de accidentes por el efecto de resbalar, fundamentalmente los días de lluvia o de humedad ambiente

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE HIPOLITO YRIGOYEN SANCIONA CON FUERZA DE

                                            

                                             ORDENANZA: 

Art.1: Prohíbase en todo el partido de Hipolito Yrigoyen la construcción de veredas o aceras con material del tipo laqueado, como por ej. Porcelanatos, cerámicos, o similares que puedan considerarse de potencial peligro para el tránsito de peatones.

ART.2: Se permiten para el fin considerado en el art. 1, solo materiales del tipo porosos o anti deslizantes, del tipo no brillantes o laqueados

ART.3: De forma.

 

Dejo a consideración de ese Concejo Deliberante, que acción tomar en lo que se refiere a aceras ya construidas con materiales laqueados.

 

                       Sin otro particular, y a la espera de un pronto análisis de la presente, saluda atte.:

 

Sandro Mateos. DNI 20.529256

 

 
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