Aprobación de los nuevos montos tarifarios para el servicio de agua potable en Henderson
Nuevo cuadro tarifario para el servicio de agua potable (información suministrada por la cooperativa)
Tarifa final bimestral sin IVA
Rangos Monto $
Hasta 12 m3 1.919,50
13 a 20 m3 3.297,44
21 a 30 m3 5.340,81
31 a 40 m3 7.845,82
41 m3 en adelante 7.845,82
m3 excedente 379,76
Boca cerrada 386,32
Reductor / T.S. 594,08
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN Nº 869-MIYSPGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 25 de Julio de 2024
VISTO el EX-2023-18241704-GDEBA-DGAADA, mediante el cual tramita la solicitud de modificación de las tarifas vigentes, realizada por la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada”, en su carácter de prestataria del servicio de agua potable, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en virtud de las funciones conferidas por el artículo 27 de la Ley N° 15.477, tiene por objeto entender en lo atinente a los recursos hídricos y uso del agua, así como también en la fiscalización, tarifas, subsidios y regulación de los servicios de gas, energía eléctrica y las concesiones en general;
Que la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada”, ha solicitado a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires la modificación de la tarifa vigente para la concesión del servicio público de agua potable a su cargo, la cual justifica con informes técnicos y económico-financieros;
Que la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada” propone una actualización y readecuación tarifaria para el servicio público de agua potable que presta, que se encuentra desde hace varios años ya totalmente desactualizado, con un cuadro tarifario muy devaluado;
Que la Autoridad del Agua, de conformidad con lo normado por el inciso v) del artículo 88 del Marco Regulatorio del servicio, aprobado por Decreto N° 878/03 y ratificado por Ley N° 13.154, efectuó un pormenorizado análisis del requerimiento formulado por la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada”, concluyendo que resultaría oportuna, la implementación de los valores tarifarios bimestrales solicitados por la Cooperativa, a fin de lograr los ingresos necesarios para financiar los costos que conlleva la prestación del servicio de agua potable y asimismo fomentar el uso eficiente del recurso;
Que por RESO-2024-434-GDEBA-MIYSPGP, y su modificatoria RESO-2024-496-GDEBA-MIYSPGP, se convocó a las usuarias y usuarios del servicio público sanitario prestado por la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada a una audiencia pública a celebrarse el día 29 de mayo del año 2024, a las 13 hs., en el Centro Juvenil Agrario Nicasio Oroño, sito en Diagonal H. Yrigoyen Nº 146 de la localidad de Henderson y partido de Hipólito Yrigoyen, provincia de Buenos Aires, habiéndose publicado debidamente la convocatoria en el Boletín Oficial, en el portal oficial de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (ADA), en el portal de la Cooperativa, en los diarios “Popular” y “Crónica”, ambos de circulación nacional;
Que asimismo, ante la inexistencia de un medio gráfico y periodístico en la Ciudad de Henderson, a nivel local se ha publicitado en el página de Facebook de la Cooperativa, en el portal periodístico “https://hendersonline.com.ar/”, en la radipo FM “Radio House 98.9” de la ciudad de Henderson y a través de la Cooperativa mediante envío de correos electrónicos a las usuarias y los usuarios del servicio público de agua potable y copia de nota de convocatoria y comunicación de la celebración de la audiencia pública, distribuida conjuntamente con la boleta del servicio de gas natural que también presta esa Cooperativa a todas a las usuarias y los usuarios del servicio público de agua potable;
Que, por su parte, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires fue invitado a participar de la misma;
Que las actuaciones administrativas estuvieron a disposición de los usuarios y del público en general, en la Autoridad del Agua para su debida consulta;
Que mediante RESO-2024-652-GDEBA-MIYSPGP se designó al Dr. Emiliano Russo, Asesor de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicio Públicos, como Presidente de la Audiencia Pública;
Que la audiencia pública fue celebrada en el lugar, la fecha y hora previstos, habiéndose regido por las previsiones de la Ley N° 13.569 y por el reglamento que fuera aprobado al efecto por la RESO-2024-434-GDEBA-MIYSPGP;
Que se ha labrado acta de cierre de audiencia y se ha vinculado a las actuaciones videograbación de la misma;
Que, entendiendo que la participación de los interesados en el proceso de decisión administrativa, el libre acceso a la información, y a los actos de gobierno estuvieron ampliamente garantizados, habiendo contado los usuarios y las usuarias del servicio de la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada” con información suficiente y adecuada y con un espacio para expresar sus observaciones y/o propuestas, se propicia la aprobación del nuevo cuadro tarifario;
Que ha tomado intervención en razón de su competencia la Dirección Provincial De Regulación y Planificación Tarifaria del Servicio Público de Agua y Saneamiento;
Que la Subsecretaría de Recursos Hídricos toma conocimiento y presta conformidad con lo actuado;
Que han tomado intervención en el marco de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 878/03, convalidado por el artículo 33 de la Ley N° 13.154, modificado por Decreto N° 2231/03 y la Ley N° 14.745, reglamentado por Decreto N° 3289/04, el Decreto N° 882/10 de aprobación del contrato de concesión aplicable a la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada”, el artículo 27 de la Ley N° 15.477 y la Ley N° 13.569; Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aprobar los valores tarifarios del servicio público sanitario prestado por la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente (IF-202419970505-GDEBA-DLYEADA), que regirán desde el primer día del período de facturación posterior al dictado de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°. Notificar al señor Fiscal de Estado, a la “Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Limitada” y a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (ADA), publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro