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Pago del bono a empleados municipales de Hipólito Yrigoyen 21-09-2023 10:54 |
Finalmente, el jefe comunal, Ignacio Pugnaloni, acompañado por el director de Personal, Matías Marcilese, anunció oficialmente el jueves 21 de septiembre el pago del bono a trabajadores del Municipio. "Se va a liquidar el día de mañana, para acreditarse mañana a las 12 de la noche o a primera hora del sábado", indicó. Dijo también que 572 empleados que percibirán 30.000 pesos este mes y el mismo importe en octubre. Además aclaró que el bono "no llega ni a intendente, ni a concejales y a empleados que superen los 400.000 pesos de bolsillo por todo concepto del mes anterior". Anuncio completo en: https://fb.watch/nb-pr0hS7J/
Uno de los considerandos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que creó el Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales para Municipios establece que "el pago de la primera cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado de agosto de 2023 se efectuará dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023, mientras que la segunda cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado de septiembre de 2023, será abonada en los términos de la normativa legal vigente".
De acuerdo a ese decreto, firmado por el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, el fondo tiene como objetivo "coadyuvar a los Municipios de la Provincia para el pago de una asignación no remunerativa extraordinaria para los/as trabajadores/as municipales, permitiendo sostener las prestaciones básicas de los Municipios, de similares características a la otorgada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 438/23". Por otro lado establece que "la asignación de ayudas financieras que se otorguen en el marco del Fondo creado en el artículo 1° serán efectuadas a solicitud del Municipio". Plazo de devolución: "Los montos otorgados a los Municipios deberán ser reintegrados a la Provincia en los meses de noviembre y/o diciembre de 2023". Además, "para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, el Municipio, en su solicitud, deberá autorizar expresamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas a retener de los recursos que le correspondan por el Régimen de Coparticipación de Impuestos establecido en la Ley N° 10.559 y sus modificatorias, los montos que resulten en función de la ayuda financiera otorgada".
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+ A la edad de 63 años falleció Luis Daniel Ballesteros. Se realiza velatorio. Sala 2. Sepelio: viernes 21 de agosto a las 11 horas. Q.E.P.D.
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