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Cambio de horario de atención al público en bancos

03-12-2024 11:19 | 

Entre el 9 de diciembre del 2024 y el 24 de marzo del 2025, en las entidades bancarias de la mayoría de los distritos de la provincia de Buenos Aires -incluido Hipólito Yrigoyen- la atención al público será de 8 a 13 horas. De esta forma se da cumplimiento a la normativa que rige desde 2020 y entre sus fundamentos contempla "evitar la exposición de los usuarios a las altas temperaturas". Compartimos el texto del decreto N° 3043/2024, publicado el martes 3 en el Boletín Oficial, que establece el nuevo horario.  

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO N° 3043/2024

                                                                                              LA PLATA, BUENOS AIRES

                                                                                             Lunes 2 de Diciembre de 2024

 

VISTO el expediente EX-2024-41664333-GDEBA-DSTAMGGP del Ministerio de Gobierno, mediante el cual se propicia establecer, entre el 9 de diciembre de 2024 y el 24 de marzo de 2025, los horarios de ocupación para el personal y para la atención al público en las entidades bancarias situadas en distintos municipios de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decreto Nº 2289/76, modificado por Decreto N° 262/86, estableció que el personal de las entidades financieras, comprendidas en la Ley N° 21.526 y modificatorias, cumplirá su jornada de trabajo los días lunes a viernes entre las 9.45 y las 17.15 horas, destinando a la atención al público el horario comprendido entre las 10 y las 15 horas;

Que, conforme a la referida norma, los gobiernos provinciales pueden disponer, cuando las necesidades locales lo hagan imprescindible, la implementación de horarios de ocupación para el personal y para atención al público distintos de los fijados, siempre que se mantenga la jornada laboral de siete horas y media (7.30) para el personal y el lapso de cinco (5) horas para la atención del público;

Que, por medio del Decreto N° 3320/99, se fijó como horario de atención al público para todo el año calendario, para las entidades bancarias alcanzadas por la Ley Nacional N° 21.526 y modificatorias, ubicadas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires el comprendido entre las 10:00 y las 15:00 horas;

Que, en ese marco, el Secretario General de la Asociación Bancaria, solicitó la modificación de los horarios de apertura y cierre, como así también el de atención al público de las entidades bancarias situadas en los Municipios comprendidos en el Decreto N° 1765/2022;

Que se propicia la medida en razón de la experiencia recogida en la temporada 2023-2024, en la que, por intermedio del Decreto N° 2106/2023, se fijó el horario de 7:45 a 15:15, con horario de atención al público el comprendido entre las 8:00 y las 13:00 horas;

Que, en función de lo expuesto, con el fin de facilitar a la comunidad el desenvolvimiento adecuado de la actividad financiera y el cumplimiento regular de las obligaciones tributarias, deviene necesario modificar los horarios de funcionamiento de las instituciones bancarias situadas en la Provincia, desde el 9 de diciembre de 2024 y hasta el 24 de marzo de 2025;

Que se propicia que la referida medida se aplique en las entidades bancarias situadas en los Municipios comprendidos en Anexo Único;

Que, respecto de los Municipios no alcanzados por la presente, continuarán aplicándose los horarios dispuestos por el Decreto N° 3320/99;

Que tomaron intervención Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado y la Secretaría General;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 2289/76, modificado por Decreto N° 262/86, 11 de la Ley Nº 15.477 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires-;

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA

 

ARTÍCULO 1°. Establecer, entre el 9 de diciembre de 2024 y el 24 de marzo de 2025, para las entidades bancarias situadas en los Municipios comprendidos en el Anexo Único (IF-2024-41664620-GDEBA-DPLYTMGGP), que forma parte del presente, que el personal cumplirá su jornada laboral de lunes a viernes de 7:45 a 15:15 horas, debiendo destinarse como horario de atención al público el comprendido entre las 8:00 y las 13:00 horas.

ARTÍCULO 2°. Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno a autorizar el cambio de horario de jornada laboral y de atención al público en aquellos distritos no comprendidos en el Anexo Único del presente.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Notificar al Banco Central de la República Argentina. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador

 

ANEXO/S IF-2024-41664620-GDEBADPLYTMGGP 786af6d2d4f3271873ce33d8d2034d6b60c5c78e6e738e8ef8e17c9d4f010e4b

 

 

 

Listado de municipios donde se aplica el nuevo horario de verano:

25 de Mayo
9 de Julio
Adolfo Alsina
Adolfo Gonzales Chaves
Alberti
Arrecifes
Ayacucho
Azul
Bahía Blanca
Balcarce
Baradero
Benito Juárez
Berisso
Bolívar
Bragado
Brandsen
Campana
Cañuelas
Capitán Sarmiento
Carlos Casares
Carlos Tejedor
Carmen de Areco
Castelli
Chacabuco
Chascomús
Chivilcoy
Colón
Coronel de Marina L. Rosales
Coronel Dorrego
Coronel Pringles
Coronel Suárez
Daireaux
Dolores
Ensenada
Exaltación de la Cruz
Florentino Ameghino
General Alvarado
General Alvear
General Arenales
General Belgrano
General Guido
General Juan Madariaga
General Lamadrid
General Las Heras
General Lavalle
General Paz
General Pinto
General Pueyrredón
General Rodríguez
General Viamonte
General Villegas
Guaminí
Hipólito Yrigoyen
Junín
La Costa
La Plata
Laprida
Las Flores
Leandro N. Alem
Lezama
Lincoln
Lobería
Lobos
Luján
Magdalena
Maipú
Mar Chiquita
Marcos Paz
Mercedes
Monte
Monte Hermoso
Navarro
Necochea
Olavarría
Patagones
Pehuajó
Pellegrini
Pergamino
Pila
Pinamar
Puán
Punta Indio
Ramallo
Rauch
Rivadavia
Rojas
Roque Pérez
Saavedra
Saladillo
Salliqueló
Salto
San Andrés de Giles
San Antonio de Areco
San Cayetano
San Nicolás
San Pedro
San Vicente
Suipacha
Tandil
Tapalqué
Tordillo
Tornquist
Trenque Lauquen
Tres Arroyos
Tres Lomas
Villa Gesell
Villarino
Zárate

 

+ A la edad de 69 años falleció Raúl Di Julio. No se realiza velatorio. Sepelio: martes 18 de agosto a las 16.30 horas. Q.E.P.D.

 
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