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Resolución por la que Provincia otorgó, en calidad de subsidio, el vehículo utilitario a la Escuela Agraria de Coraceros

26-08-2025 11:39 | 

Como publicamos oportunamente, el mismo día en que quedó inaugurada la Residencia Estudiantil se hizo entrega a la Escuela Secundaria Agraria N° "Ingeniero White" el rodado que se ve en la imagen. Este martes, 26 de agosto, el ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia publicó la resolución N° 351-MDAGP-2025, que detalla información al respecto. La compartimos.

 

 

 

 

RESOLUCIÓN N° 351-MDAGP-2025

 

                                                                                 LA PLATA, BUENOS AIRES                 
 

                                                                               Miércoles 20 de Agosto de 2025

 

VISTO el EX-2025-27002362-GDEBA-DSTAMDAGP, mediante el cual se propicia otorgar a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1 de la localidad de Henderson, partido de Hipólito Yrigoyen, un vehículo Utilitario Tipo Minibús, en concepto de subsidio en especie, a los fines de ser utilizado para salidas educativas, prácticas profesionales y actividades de desarrollo local, la Ley N° 15.477, el Decreto N° 1037/03, la Resolución N° RESOL-2017-64- E-GDEBA-MAGP y

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la provincia Buenos Aires establece que es deber del Estado asegurar las políticas necesarias para mantener su capacidad productiva con el propósito de lograr un sostenido desarrollo económico y social que propenda a una mejor calidad de vida a la población;

Que la Ley N° 15.477, establece que es función de los Ministros Secretarios, en materia de su competencia, desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de la provincia de Buenos Aires;

Que, en tal sentido, la citada Ley prevé en su artículo 22 que corresponde al Ministro de Desarrollo Agrario asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia, y en particular entender en la promoción, producción y calidad agropecuaria y en la promoción de las actividades pesquera, forestal, frutícola, hortícola y cualquier otra materia afín, y coordinar la promoción y el fomento de las actividades cooperativas agropecuarias en el territorio bonaerense;

Que mediante el Decreto N° 1037/03 se estableció el régimen para el otorgamiento, por parte del ex Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción, de subsidios y subvenciones dirigidos al fortalecimiento y reactivación del agro, la pesca, la industria, el comercio y los restantes sectores productivos;

Que corresponde al Ministro de Desarrollo Agrario, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Decreto N° 1037/03, determinar los subsidios y subvenciones a otorgar, su cantidad y periodicidad, establecer los recaudos que deben cumplimentar las solicitudes presentadas por los aspirantes a los beneficios, entre otros aspectos previstos en su artículo 9°;

Que, el Ministerio ha estado llevando a cabo acciones colaborativas con otros Ministerios de la Provincia de Buenos Aires, con el objetivo de impulsar el desarrollo de las escuelas rurales y los centros de formación, buscando aumentar la capacidad y fortalecer la vida rural en todo el territorio bonaerense;

Que es misión de este Ministerio promover y potenciar el desarrollo de las actividades agropecuarias en la provincia de Buenos Aires, facilitando el acceso a insumos para productores y productoras;

Que la provincia de Buenos Aires cuenta con sesenta y cinco (65) Escuelas de Educación Agraria (EAA), veintiocho (28) Centros de Educación Agraria (CEA) y treinta y cinco (35) Centros Educativos de Producción Total (CEPT), lo que representa aproximadamente el 22 % de los Centros y Establecimientos de Educación Agraria del país; Que, en el interior de la provincia de Buenos Aires, la gran mayoría de las escuelas agrarias o rurales cuentan con un sistema de residencias, en plazas peris urbanas o rurales;

Que los mencionados establecimientos educativos requieren de un transporte propio para poder movilizar alumnos y alumnas a los entornos formativos/productivos y realizar salidas educativas;

Que el otorgamiento de un Minibús, en carácter de subsidio en especie, a la beneficiaria no solo garantizará el desplazamiento de los alumnos y alumnas hacia el establecimiento educativo, sino que también potenciará todas las actividades relacionadas con los entornos de formación propios de la escuela, además de, garantizar la puntualidad y seguridad en caso de traslados o salidas educativas, permitiendo a las y los estudiantes visitar diversas explotaciones productivas;

Que a tal efecto se propicia otorgar un subsidio en especie a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1 de la localidad de Henderson, partido de Hipólito Yrigoyen, en virtud de lo previsto en los artículos 2° del referido Decreto N° 1037/03 y 5° del “Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del Decreto N° 1037/03” aprobado mediante la RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP;

Que resulta necesario destacar que el Minibús a otorgar en concepto de subsidio en especie fue adquirido por este Ministerio a través de la RESO-2025-1-GDEBA-SSTAYLMDAGP;

Que de la citada Disposición se desprende que “…la Dirección General de Administración manifestó la necesidad de adquirir vehículos tipo minibús para el otorgamiento, en concepto de subsidio en especie, de los mismos a los entes de las escuelas agrarias de la provincia de Buenos Aires”;

Que a orden N° 5 luce la presentación efectuada por la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1 de la localidad de Henderson, partido de Hipólito Yrigoyen solicitando, en concepto de subsidio en especie, un transporte minibús con el fin de que la misma pueda realizar salidas educativas, prácticas profesionales y desarrollo local;

Que ha tomado intervención la Dirección de Subsidios y Subvenciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 22 de la Ley N° 15.477, y 2° del Decreto N° 1037/03;

Por ello,

 

EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Otorgar en calidad de subsidio un (1) vehículo utilitario Tipo Minibús, Marca Ford, Modelo TRANSIT MINI BUS MT 17, Chasis N° WFOJTTBF7SU018969, Motor N° SU018969, Dominio AH489OF según lo normado por el Decreto 1037/03, a favor de la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Agraria N° 1 de la localidad de Henderson, partido de Hipólito Yrigoyen, a los fines de ser entregado y utilizado para salidas educativas, prácticas profesionales y actividades de desarrollo local.

ARTÍCULO 2°. Aprobar el Acta de Recepción y Compromiso de Uso que como Anexo Único (ACTA-2025-28988796- GDEBA-DSTAMDAGP) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°. La rendición prevista en el artículo 5° del Decreto Nº 1037/03 quedará consumada con la suscripción del Acta de Recepción y Compromiso de Uso. ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Javier Leonel Rodríguez, Ministro.

 

ANEXO/S ACTA-2025-28988796-GDEBADSTAMDAGP c5eaa3224de75b2170d8d953e6a60f3f95a840127c8650f43cc4c1e3858c3176 

 

 

+ A la edad de 84 años falleció Amanda Santos de Zara. No se realiza velatorio. Sepelio: sábado 11 de julio a las 11 horas. Q.E.P.D.

 
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