Domingo 16 de agosto de 2026 | Año XVII Nro. 5891
COOP. AGUA POTABLE 2023

DIPU JG25

EDEN

la bancaria

 
 

Dinero otorgado por Provincia a los municipios para la etapa local de los Juegos Bonaerenses 2025

28-08-2025 09:20 | 

A través del decreto Nº 2081/2025, publicado en el Boletín Oficial, el el Gobierno de la Provincia otorga los denominados aportes no reintegrables a las comunas "en concepto de Apoyo Económico con destino a la Etapa Local de la 34º Edición de los Juegos Bonaerenses 2025". El monto a distribuir asciende en total a $480.614.000. La partida para Hipólito Yrigoyen es de 955.000 pesos. Compartimos la normaiva y el detalle distrito por distrito.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO 2.081/2025

LA PLATA, 25 de Agosto de 2025

Boletín Oficial, 26 de Agosto de 2025

Vigente, de alcance general

Id SAIJ: B20250002081

TEMA

Aportes no reintegrables, municipio, centros de recreación, juegos bonaerenses

Se otorgan aportes no reintegrables a favor de diversos municipios en concepto de apoyo económico con destino a la etapa local de la 34º edición de los Juegos Bonaerenses 2025.

 

Visto

VISTO el expediente EX-2025-18264184-GDEBA-SSDMDCGP del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, por el cual tramita el otorgamiento de aportes no reintegrables a favor de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, individualizados en el Anexo Único del presente, en concepto de Apoyo Económico con destino a la Etapa Local de la 34º Edición de los Juegos Bonaerenses 2025, y

 

Considerando

Que la Ley N° 15.477 otorga al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad la facultad, entre otras, de intervenir en el diseño e implementación de políticas de recreación y entretenimiento que tengan como objetivo la contención social y el desarrollo comunitario y del deporte en sus diferentes disciplinas y modalidades;

Que por Decreto N° 77/20, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, estableciendo las misiones de la Subsecretaría de Deportes, en su Anexo II, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 15.477;

Que entre las misiones asignadas a la referida Subsecretaría, se encuentra la de diagramar e implementar los Juegos Bonaerenses en coordinación con los distintos municipios, a través de la Dirección de Juegos Bonaerenses, dependiente de la Dirección Provincial de Torneos y Eventos Deportivos;

Que mediante el Decreto N° 905/23 se creó, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, el Programa Juegos Bonaerenses, conforme los lineamientos del Anexo Único (IF-2023-15351861-GDEBA-SSDMDCGP);

Que, en ese sentido, mediante Resolución N° 1522/25 del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad se aprueba el Documento de Gestión de la 34º edición de los "Juegos Bonaerenses 2025";

Que, en esta instancia, la Dirección de Juegos Bonaerenses solicita se gestione el pertinente apoyo a los Municipios de la Provincia, para solventar los gastos que demande el desarrollo de la Etapa Local de la 34° Edición de los Juegos Bonaerenses 2025, de acuerdo a lo detallado en el Anexo Único (IF-2025-18242601-GDEBA-SSDMDCGP), que integra el presente;

Que, en consecuencia, deviene oportuno transferir en concepto de aporte no reintegrable, la suma total de pesos cuatrocientos ochenta millones seiscientos catorce mil ($480.614.000,00), con el fin de que los Municipios solventen los gastos que demande la mencionada etapa;

Que la Dirección de Contabilidad efectuó la correspondiente solicitud del gasto, contemplada en el Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394 prorrogado para el Ejercicio 2025 en los términos del Decreto N° 3681/24;

Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría de Deportes y la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, ambas del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, la Dirección de Subsidios y Subvenciones, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaria de Hacienda, todas del Ministerio de Economía; y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Otorgar aportes no reintegrables a favor de los Municipios consignados en el Anexo Único (IF-2025- 18242601-GDEBA-SSDMDCGP), que forma parte integrante del presente, conforme a los importes que en cada caso se indican, por la suma total pesos cuatrocientos ochenta millones seiscientos catorce mil ($480.614.000,00), en concepto de Apoyo Económico con destino a la Etapa Local de la 34º Edición de los Juegos Bonaerenses 2025.

ARTÍCULO 2°. Autorizar al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, a través de sus áreas correspondientes, a ejecutar el gasto que demande el pago de los aportes no reintegrables otorgados por el artículo precedente, y a realizar las correspondientes transferencias a favor de los Municipios consignados en el Anexo Único.

ARTÍCULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Jurisdicción 18 - Unidad Ejecutora 527 - Programa 17 - Actividad 1 - Actividad Interna CQM - Inciso 5 - Partida Principal 3 - Partida Parcial 2 - Subparcial 902 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Ubicación Geográfica 999. Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394 prorrogado para el Ejercicio 2025 en los términos del Decreto N° 3681/24, por un total de pesos cuatrocientos ochenta millones seiscientos catorce mil ($480.614.000,00).

ARTÍCULO 4°. Los Municipios beneficiarios deberán rendir cuenta ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 21, Capítulo III, Título II del Anexo I del Decreto N° 124/23

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar a la Subsecretaría de Deportes. Cumplido, archivar.

 

Firmantes

LARROQUE-López-Bianco-Kicillof

 

 

Detalle de lo destinado a cada municipio
 

https://es.scribd.com/document/906576148/Juegos-Bonaerenses-2025-Apoyo-Economico-Etapa-local#from_embed

 
ARBA 2026 DIPUTADOS 26 Cooperativa El Progreso SOLER Federico del Ãlamo hcnet PORTAL URBANO

El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

Morada-IT : Diseño y Desarrollo Web
(C) Copyright 2010 - Todos los derechos reservados - Registro DNDA: RL-2024-48118663-APN-DNDA#MJ 
Domicilio legal: Calle 37 Nro. 479, La Plata, Pcia. de Buenos Aires
Correo electrónico: info@hendersonline.com.ar