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''¿Es política o es homicidio?'': nota relacionada con la causa penal sobre la muerte de Carlino Quintanilla

05-05-2026 13:06 | 

Carlino (foto) tenía 7 años cuando falleció, el 3 de julio de 2023, en Daireaux. En relación con el hecho, Hendersonline publicó en su momento, la convocatoria, realizada por el padre del niño, a una marcha pacífica para pedir justicia por la muerte. Lo propio hicimos después con un escrito enviado por el abogado Sergio Galván, representante legal de la familia del pequeño. Y ahora compartimos una nota, titulada "¿Es política o es homicidio?", en relación con la causa penal, porporcionada también por el mencionado letrado.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estimados:
De mi mayor consideración:
En mi carácter de apoderado y representante legal de Roberto Carlos Quintanilla (DNI 29.695.908) y María Emilia Martínez (DNI 30.275.320), ambos con domicilio en La Larga, Partido de Daireaux, tengo el agrado de dirigirme a ustedes a los efectos de hacerles llegar una nota firmada por mis mandantes.
Por razones de brevedad, el documento adjunto comunica una mínima parte de las conclusiones y resoluciones efectuadas hasta el momento en la IPP Nro. 17-00-003926-23/00, caratulada como "Homicidio Culposo, Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, Encubrimiento y Abandono de Persona Seguido de Muerte", vinculada al fallecimiento de Carlino Quintanilla, ocurrido el 03 de julio de 2023.
Dejo constancia que se autoriza expresamente la divulgación y publicación del contenido de la nota adjunta (archivos aptos para Instagram y Facebook), como así también el presente mail, para el caso que lo estimen pertinente.
Agradezco mucho vuestra atención, y hago propicia la oportunidad para saludar con mi más distinguida consideración.

 

Dr. Sergio Reinaldo Galván | Socio
Abogado -  Legal Services
sgalvan@legalservices.com.ar
San Luis 2776 - Mar del Plata - Provincia de Buenos Aires
República Argentina
www.legalservices.com.ar
Socio Activo del Comité de Abogados de Bancos de la República Argentina

 

 

 

 

  ¿ES POLÍTICA O ES HOMICIDIO?


Hace casi tres años, el entonces intendente de Daireaux, Alejandro ACERBO, descalificó la denuncia sobre la muerte de Carlino, tildándola de un hecho politizado por los padres. Además, afirmó públicamente que la justicia revelaría la verdad de los hechos. Hoy comunicamos una mínima parte de las CONCLUSIONES QUE LA JUSTICIA ha determinado (hasta el momento) en la CAUSA PENAL de CARLINO, confirmando TODO lo denunciado por la familia Quintanilla. La transcripción textual del expediente se realiza entre comillas, y lo remarcado es al solo efecto de resaltar lo expresado.

1. Muerte de Carlino: El 05/03/25, el médico (designado por el exintendente) que atendió a Carlino en la guardia del hospital, fue IMPUTADO por el delito de “HOMICIDIO CULPOSO” (artículo 84 del C.P.), y se ordenó la declaración indagatoria para que ejerciera su defensa. Sin embargo, en la audiencia del 2 de julio de 2025 se negó a declarar.

2. Negativa de atención, internación y estudios médicos por parte del Hospital Municipal: Por razones de brevedad, a continuación, se trascriben algunas de las conclusiones de la pericia efectuada por la Dra. Mirta Mollo Sartelli, PERITO MÉDICO FORENSE designada por la JUSTICIA, dependiente de la Procuración General de la Suprema Corte.

-         “Debemos entonces volver a interrogarnos si hubiera o no sido necesaria la internación del paciente el día 02/07 cuando fue asistido por primera vez por el dolor en su pecho, registrado en el libro de guardia …”. “… dicha chance fue negada al paciente”.

-         “… no hemos advertido estudios complementarios - analítica, radiografías, electrocardiograma, interconsultas, evaluación en shock room, etc) que pudieran convencer al médico asistente que el paciente en el momento de su examen clínico no poseía síntomas …”.

-         “La conducta médica lógica indicaría que si un paciente ingresa a una guardia médica y el mismo posee antecedentes de enfermedad dichos datos no deben ser menospreciados y deben ser evaluados en forma pormenorizada. Esto por ende hubiera ameritado una internación, la cual como ya también expresamos no hubiera significado la certeza de su sobrevida pero hubiera posiblemente representado una nueva batería de análisis y/o tratamientos y/o estudios complementarios, … se hubieran agotado las posibilidades diagnósticas y terapéuticas que fue lo que no se consolidó en el caso de la asistencia de Carlino Quintanilla”.

-         Con respecto a la llegada al hospital, en la madrugada que falleció nuestro hijo, la forense dictaminó que “se le brindó asistencia al ingresar en paro cardiorespiratorio pero la chance de que una internación previa hubiera posiblemente mejorado sus probabilidades de sobrevida … y se considera que no se realizaron adecuadamente”.

-         La forense considera que “la indebida aplicación de medios” en la atención de Carlino en el hospital, resulta “reprochable”, “por cuanto ello supuso una pérdida de oportunidad de evitar el fallecimiento”.

-         Para la forense la mala praxis médica “… es una pérdida de chance o de oportunidad de sobrevida”.

-         Agrega que, “Debemos explicar que lo evaluado en el caso de Carlino Quintanilla a merecido el análisis de la pérdida de oportunidad … consecuencia del defectuoso funcionamiento del servicio o de los médicos tratantes”.

3. El Hospital de Daireaux y el perito de parte ofrecido por el imputado:

Incluso, el perito médico designado por el imputado y médico de guardia, remarcó las carencias del centro de salud, al manifestar que el Hospital Municipal de Daireaux, “es un establecimiento de salud de tipología de bajo riesgo con internación simple, …”. Es muy grave que una ciudad como Daireaux, no esté preparada para atender una urgencia por dolor de pecho, pero resulta inadmisible que Carlino fuera enviado al medio del campo, sin que al menos le efectuaran un simple electrocardiograma y una radiografía de tórax.

4. Adulteración del Libro de Guardia:

Respecto a nuestra denuncia sobre el intento del Hospital Municipal de ENCUBRIR la falta de atención, mediante datos FALSOS, el Sr. Nicolás Cassán, PERITO CALÍGRAFO Oficial (designado por la JUSTICIA), determinó (además de muchísimas irregularidades) que en el registro médico de Carlino Quintanilla (paciente 84) del libro de guardia:

-          “… se advierte un sobre escrito que invade la línea del paciente 85”.

-         “se presume que el ultimo renglón del paciente 84, que inicia “Sv: TA 120/70…” y concluye “…de alarma.” fue agregado posteriormente al ingreso del paciente 85. Esta determinación resulta, no solo de la falta de espaciado entre pacientes, sino además de que la oración final del último renglón invade la mitad superior del siguiente renglón”.

Es fundamental aclarar que el registro 84 corresponde a Carlino, y el registro 85 al paciente que fue atendido con posterioridad. Resulta gravísimo que los datos agregados son los correspondientes a la inexistente evaluación del médico (presión, temperatura, saturación, etc.), con la frase “Persiste sin dolor específico, se dan pautas de alarma”.

Desde la realización de la pericia (octubre de 2024), hemos solicitado a la Fiscalía que investigue y determine los funcionarios municipales responsables de custodiar el libro de guardia, e impute al autor material e intelectual de dicha adulteración.

En casi tres años, hemos enfrentado obstáculos constantes en nuestra búsqueda de la verdad, además de maniobras de persecución por parte de la gestión del exintendente, pero estamos convencidos que al final del camino, todos recibirán la JUSTICIA que se merecen; en especial CARLINO. María Emilia Martínez - Roberto Carlos Quintanilla, padre y madre de Carlino. Dr. Sergio R. Galván - en carácter de representante legal.

 

 

 

 

Lluvia: 10 milímetros registró Marcelo Posada Pulverizaciones con el agua caída en la madrugada del domingo 16 de agosto. Así informaron a Hendersonline desde el hangar.

 
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