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La ANMAT prohibió una serie de productos cosméticos infantiles y el lote de un medicamento 10-06-2026 10:58 |
Las medidas fueron tomadas por carencia de inscripción sanitaria e imposibilidad de garantizar su seguridad, calidad y origen en un caso y por detectarse una unidad falsificada en el otro. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó al respecto sendas disposiciones en el Boletín Oficial el miércoles 10 de junio. Compartimos la información completa.
ANMAT prohíbe diversos productos cosméticos infantiles de distintas marcas
ANMAT informa que, mediante la Disposición N° 3435/2026, se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos cosméticos infantiles, en todas sus presentaciones y contenidos netos, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados:
La medida surge a partir de tareas de fiscalización y monitoreo realizadas por ANMAT, donde se verificó que los cosméticos exhibían características orientadas al público infantil y que no contaban con datos de inscripción sanitaria en sus rótulos que permitieran identificar o validar su autorización sanitaria. Debido a que se trata de productos ilegítimos, no es posible garantizar que hayan sido elaborados bajo condiciones adecuadas de calidad e higiene, ni que contengan ingredientes permitidos por la normativa vigente. Tampoco pudo verificarse su ingreso al país a través de los canales de importación habilitados. Por todo ello, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución de estos productos cosméticos infantiles en todo el territorio nacional con el objetivo de proteger la salud de la población y continuar con las acciones que lleva adelante el organismo para garantizar la seguridad, calidad y eficacia de los productos sujetos a su fiscalización. Se recomienda a la población abstenerse de adquirir o utilizar los productos mencionados.
ANMAT prohíbe un lote del medicamento ORAMORPH 2mg/ml solución oral
ANMAT informa que, mediante la Disposición Nº 3483/2026, se prohíbe el uso, la comercialización, la distribución en todo el territorio nacional del siguiente producto:
La medida se originó a partir de una denuncia recibida sobre la legitimidad de una unidad del producto que habría sido adquirida en una farmacia de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe. Según se informó, un paciente no habría obtenido el efecto terapéutico esperado en su utilización. Ante esta situación, ANMAT realizó una inspección en el establecimiento del laboratorio titular donde se verificó que la unidad sospechada correspondía a una presentación que no se comercializa en el país. Asimismo, el fabricante confirmó que, si bien existe una presentación similar comercializada en otros mercados, la unidad detectada en Argentina no corresponde a un producto original, ya que presenta diferencias en características de su envase, particularmente en el sistema de cierre del frasco. Por este motivo, se concluyó que se trata de un producto falsificado. Oportunamente ya se había publicado una advertencia acerca de la falsificación de estas unidades con las imágenes comparativas. Por todo lo expuesto, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución del producto mencionado en todo el territorio nacional. La medida fue tomada con el objetivo de proteger la salud de la población, ya que se desconoce el origen y la composición del producto involucrado.
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