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Rendición de cuentas municipal 2016: Aprobación, cargos y multas por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia 04-04-2018 19:26 |
El Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la provincia de Buenos Aires aprobó la rendición de cuentas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen correspondiente al ejercicio 2016, con arreglo a los libros y documentos examinados. Por otro lado, el organismo de contralor resolvió aplicar cargos, multas, llamados de atención y amonestación. Las sanciones alcanzan, entre otros, al intendente, contadoras, tesorera, directora de personal y dos agentes municipales; en el último caso, por incompatibilidad, ya que también cumplían tareas -o al menos percibían los haberes- en otro organismo estatal: el Senado de la Provincia. Los cargos impuestos a ambos agentes suman 247.606,23 pesos. Hendersonline comparte la sentencia completa del fallo del tribunal, antes de éste haga la publicación en su página web
Días atrás, en relación con el fallo del Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la provincia de Buenos Aires respecto de la rendición de cuentas del ejercicio 2016 de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, Hendersonline compartió un texto difundido por Prensa Cambiemos Hipólito Yrigoyen y, en la misma nota, y como respuesta a éste, otro publicado por el Municipio (ver http://hendersonline.com.ar/nota.php?noticiaid=13957). En lo que respecta puntualmente a los agentes que fueron alcanzados por los cargos porque, a la vez que cumplían tareas para el Municipio de Hipólito Yrigoyen, figuraban registrados también como haciendo lo propio en la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires, según información a la que accedió Hendersonline, que situaciones así fueron detectadas en varios municipios, en el ejercicio 2016 y con anterioridad, en otros años. Lo que sucedió en esta oportunidad -explicaron en calle 12 y 54 de La Plata-, tanto en nuestro distrito como en otros, es que la incompatibilidad pudo ser constatada. Y agregaron que esto es posible gracias al acuerdo que ahora existe entre el tribunal y el Instituto de Previsión Social (IPS), lo que permite al organismo provincial de contralor realizar un entrecruzamiento de datos y, por ende, detectar si, como sucedió en la Comuna local, aparecen empleados municipales que también están registrados en otra dependencia pública provincial. Por otro lado, como ocurre en gran parte de manera generalizada tras recibir del HTC el fallo de cada rendición de cuentas, seguramente las gestiones comunales de la Provincia habrán recurrido las respectivas sentencias, dentro del plazo que a tal fin se les otorga. Después el tribunal considerará cada situación en particular y evaluará si corresponde o no dar lugar a esas acciones. Lo resuelto en ese momento, el orgnanismo presidido por Eduardo Grinberg lo publicará con posterioridad en su sitio web.
Sentencia del HTC respecto de la rendición de cuentas del municipio de Hipólito Yrigoyen correspondiente al ejercicio económico 2016
Por tanto, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en uso de sus facultades (Artículos 159, inciso 1° de la Constitución Provincial y 15 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N° 10.869 y sus modificatorias),
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de HIPÓLITO YRIGOYEN, ejercicio 2016 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de $ 22.403.508,52 (Pesos Veintidos Millones Cuatrocientos Tres Mil Quinientos Ocho con Cincuenta y Dos Centavos) que la Municipalidad acusó al finalizar el presente ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Noveno no significa la convalidación de los valores en Caja y Bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo, Tercero apartado a) y Cuarto apartado a) y de lo particularmente expuesto en el Considerando Segundo inciso 4).
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo, Tercero apartado a) y Cuarto apartado a) y en base a la determinación efectuada en el Considerando Octavo, aplicar Multa de $ 6.500,00 a la Contadora Marianela Paola Frabiani y Amonestación al Intendente Jorge Antonio Cortes y a la Contadora Municipal Susana Romina Pettinari y Llamado de Atención a la Tesorera Graciela Beatriz Pugnaloni y al Secretario de Gobierno y Hacienda – Responsable y Coordinador del Macrosistema Gustavo Alberto Huala (Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N° 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Cuarto apartado b) y en base a lo allí expuesto, formular cargo de $ 24.434,69; por el que responderán la Contadora Municipal Marianela Frabiani en solidaridad con la Tesorera Graciela Beatriz Pugnaloni hasta la suma de $ 21.552,12 y la Contadora Municipal Romina Susana Pettinari en solidaridad con la Tesorera Graciela Beatriz Pugnaloni hasta la suma de $ 2.882,57 (Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N° 10.869 y sus modificatorias). Según jurisprudencia del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en fallo-Municipalidad de Nueve de Julio, ejercicio 1989, Acuerdo del 20/05/92.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Quinto y en base a lo allí expuesto, formular cargo de $ 247.606,23, por el que responderán el agente Marcelo Alejandro Goj hasta la suma de $ 139.908,67; el Intendente Municipal Jorge Antonio Cortes en solidaridad con la Contadora Municipal Marianela Paola Frabiani, la Directora de Personal María Luisa Peyrelongue y la agente Municipal Agustina Elizabeth Cejas Fernández hasta la suma de $ 44.4665,50 y el Intendente Municipal Jorge Antonio Cortes en solidaridad con la Contadora Municipal Susana Romina Pettinari, la Directora de Personal María Luisa Peyrelongue y la agente Municipal Agustina Elizabeth Cejas Fernández hasta la suma de $ 63.032,06 (Artículo 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias). Según jurisprudencia del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en fallo –Municipalidad de Nueve de Julio, ejercicio 1989, Acuerdo del 20/05/92.
ARTÍCULO SEPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre los temas tratados en los Considerandos Cuarto Apartado c), Sexto y Séptimo incisos 2) y 4) y disponer que la Relatoría y la Delegación zonal tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO OCTAVO: Declarar que el ex Intendente Municipal Enrique Tkacik, el Ex Tesorero Municipal Julio César Espiña, el Ex Contador Municipal Héctor Sandro Mateos, el Director de Asesoría Legal Juan Mario Vicente, el Intendente Jorge Antonio Cortes, la Contadora Municipal Marianela Paola Frabiani, la Contadora Municipal Susana Romina Pettinari, la Tesorera Graciela Beatriz Pugnaloni, el Responsable de Ingresos Públicos Federico Martín Del Aálamo y el Asesor Legal Fernando Roberto Martín, todos ellos alcanzados, según el caso, por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento posterga.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar sin efecto la reserva impuesta, según lo detallado en el Considerando Séptimo incisos 1) y 3), liberando de responsabilidad al Contador Julián Ezequiel Krieger, al Tesorero Eduardo Daniel Gonzalo y al ex Intendente Municipal Enrique Tkacik.
ARTICULO DECIMO: Notificar a Jorge Antonio Cortes, Marianela Paola Frabiani, Graciela Beatriz Pugnaloni, Gustavo Alberto Huala, Susana Romina Pettinari, Marcelo Alejandro Goj, María Luisa Peyrelongue y Agustina Elizabeth Cejas Fernández, de las sanciones que particularmente se le imponen a cada uno de ellos por los Artículos Cuarto, Quinto y Sexto y fijarles a los funcionarios alcanzados con sanciones pecunarias, plazo de noventa (90) días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales N° 1.865/4 (multas-pesos)-CBU 0140999801200000186543 y/o N° 108/9 (cargos-pesos)-CBU 0140999801200000010893, ambas a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a éste Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo establecido por el artículo 38° de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial (artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias).
ARTÍCULO UNDECIMO: Notificar a Enrique Tkacik, Julio César Espiña, Héctor Sandro Mateos, Juan Mario Vicente, Jorge Antonio Cortes, Marianela Paola Frabiani, Susana Romina Pettinari, Graciela Beatriz Pugnaloni, Federico Martín Del Aálamo y Fernando Roberto Martín, de las reservas dispuestas en el Artículo Séptimo de la presente Sentencia.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notifica a Julián Ezequiel Krieger, Eduardo Daniel Gonzalo y a Enrique Tkacik, de lo dispuesto en el Artículo Noveno de la presente Sentencia.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Comunicar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, el incumplimiento tratado en el Considerando Segundo inciso 2).
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Encomendar a la Delegación Zonal, el seguimiento de lo dispuesto en el Considerando Tercero apartado 1-b).
ARTÍCULO DECIMOQUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XV, con sede en Pehuajó.
ARTÍCULO DECIMOSEPTIMO: Rubricar por la Señora Director General de Actuaciones (Resolución n° 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires) el presente fallo que consta de veinte fojas; firmarlo en un ejemplar y reservar el mismo en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento, por los términos dispuestos en el Artículo Décimo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Fallo: 94/2018.
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+ A la edad de 90 años falleció Lilia Rossi. No se realiza velatorio. Sepelio: jueves 3 de septiembre a las 10.30 horas. Q.E.P.D.
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